CONSELLERIA DE SALUT-Abierta Vía Excepcional para obtener el «Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos en las Illes Balears»
01/10/2024: Resolución del director general de Investigación en Salud, Formación y Acreditación por la que se inicia el procedimiento por vía excepcional del Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos en las Illes Balears
Los pacientes que requieren atención paliativa son atendidos por distintos profesionales sanitarios tanto en centros sanitarios como a domicilio. Debido a la necesidad creciente de estos cuidados; la complejidad, gravedad y especificidad de las patologías; y los procedimientos que se emplean en esta área competencial, y con el fin de garantizar la calidad y la seguridad de la asistencia, la Conselleria de Salud, a través de la Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación, tramitará la acreditación de los nuevos diplomas en Atención Paliativa. Estos diplomas certificarán la capacitación y el nivel de formación en cuidados paliativos para cuatro profesiones sanitarias: médicos, enfermeras, psicólogos y fisioterapeutas
REQUISITOS:
A) Acreditar, en los últimos diez años, un mínimo de cuatro años de práctica profesional, a tiempo completo, que se corresponderá, como mínimo, con la jornada ordinaria del personal estatutario de los servicios públicos de salud, en el conjunto de tareas incluidas en las competencias objeto de acreditación, dentro de la actividad de su puesto de trabajo, con evaluación del desempeño positiva, así certificada en el Sistema Nacional de Salud por la institución sanitaria correspondiente con arreglo a sus normas de procedimiento, o por aquella acreditada por la Comunidad Autónoma en los términos señalados en el artículo 1.2. del Real Decreto 639/2015, de 10 julio. Igualmente, se valorará el desempeño en instituciones sanitarias internacionales.
Si la actividad se realiza a tiempo parcial, deberá acreditarse una prestación de servicios equivalente.
La práctica profesional se debe haber realizado en unidades, equipos de soporte hospitalarios o domiciliarios de cuidados paliativos reconocidos por la Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación de la Consejería de Salud de las Illes Balears o U.67 autorizadas por la misma dirección general. Dicha certificación especificará las fechas en las que el profesional ha desempeñado satisfactoriamente las competencias objeto de acreditación.
B) Estar en posesión de título de Máster o Experto Universitario en Cuidados Paliativos, oficial o título propio, impartidos por universidades o centros sanitarios que cumplan las condiciones y requisitos establecidos por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, de la normativa establecida por la comunidad autónoma donde se encuentre ubicada, y el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios. Todas las formaciones universitarias propias tendrán que adjuntar un código de verificación (a solicitar en el centro donde se cursó la formación si no está presente en el certificado).
-Consultar Resolución
-RESUMEN-Doc. Explicativo Conselleria de Salut: Ver
-Plazo de presentación de solicitudes: La solicitud podrá presentarse, de forma única y excepcional, durante los seis meses siguientes a la fecha de publicación de esta Resolución en el BOIB. (hasta marzo 2025, incluido)
-Más información en: Servicio de Formación Sanitaria (DAP)