Requisitos para la solicitud del Diploma de acreditación en conductas adictivas:
Podrán solicitar la acreditación aquellas enfermeras y enfermeros colegiados en el COIBA que se encuentren al corriente de su colegiación y cumplan con los requerimientos especificados en el procedimiento para la obtención de este certificado.
Tramitación a seguir:
Las solicitudes pueden presentarse en cualquier momento, en una de estas dos formas:
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- Presencialmente en el COIBA, entregando el formulario de solicitud del diploma cumplimentado y la siguiente documentación:
- Currículum profesional.
- Original y una copia de diplomas o certificados acreditativos de méritos de cada uno de los apartados que constan en el cuadro de requerimientos para la acreditación
- Presencialmente en el COIBA, entregando el formulario de solicitud del diploma cumplimentado y la siguiente documentación:
Desde el departamento de administración del COIBA se devolverán todos los documentos originales entregados por la colegiada/o, así como una copia de la solicitud registrada, que servirá como justificante de entrega por la interesada/o.
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- Telemáticamente, rellenando el formulario de solicitud online y adjuntando la siguiente documentación:
- Currículum profesional.
- Diplomas o certificados acreditativos de méritos de cada uno de los apartados que constan en el cuadro de requerimientos para la acreditación, firmados digitalmente y/o con CSV (código seguro de verificación).
- Telemáticamente, rellenando el formulario de solicitud online y adjuntando la siguiente documentación:
Desde el departamento de administración del COIBA se le enviará a su correo una copia de la solicitud registrada, que servirá como justificante de entrega para la interesada/o.
Enmienda de solicitudes
En el supuesto que la colegiada/o no hubiera entregado toda la documentación acreditativa de sus méritos para la obtención de la acreditación, podrá subsanar esta circunstancia y aportar toda la documentación en un plazo no superior a 10 días desde la petición inicial. Del mismo modo, se le podrá requerir desde el COIBA para que complemente o subsane su reclamación durante el mismo plazo. El departamento de administración del COIBA será el encargado de revisar la documentación aportada y hacer el requerimiento correspondiente, en caso de que sea necesario.
Resolución
Desde el COIBA se enviará toda la documentación, así como el formulario, al Comité de Acreditación, que es el órgano encargado de efectuar la valoración y la propuesta para la concesión de la acreditación.
El Comité de Acreditación, una vez valorada y analizada toda la documentación entregada por la colegiada/o, propondrá a la Junta de Gobierno del COIBA la emisión del Diploma de acreditación en la atención a conductas adictivas.
Denegación del Diploma de acreditación
En el supuesto de que, una vez valorada y analizada la documentación por el Comité de Acreditación se resuelva desfavorablemente, se podrá volver a presentar nuevamente la solicitud de obtención del Diploma.
En el supuesto que la colegiada/o, no esté de acuerdo con la denegación de la acreditación, podrá formular en un plazo máximo de quince días una reclamación por escrito y debidamente fundamentada, contra la mencionada denegación. Esta reclamación será analizada e informada por el Comité de Acreditación.